Derecho del abogado a exigir el pago de los honorarios acordados + IVA

Realizada por Luis. 16 dic 2014

Buenos días,

Hace unos años, junto con mis hermanos, nos inscribimos en una cooperativa. Debido a la crisis, y otros motivos, finalmente no se pudo construir y la cooperativa entró en concurso de acreedores.

Pusimos el asunto en manos de un abogado, con el fin de reclamarle a la cooperativa, y a la aseguradora, las cantidades que habíamos aportado a cuenta del precio de la vivienda.

Con el abogado firmamos una hoja de encargo profesional, en la que se indica que "los honorarios profesionales (del abogado) por el presente encargo se fijan en la cantidad de un 10% de la cantidad que obtenga el cliente como consecuencia de la actuación profesional de este despacho.....", además de la cantidad de 150 € en concepto de provisión para gastos del procedimiento, y de que "en caso de condena de costas a la otra parte, las referidas a honorarios de abogado quedarán a favor del letrado que suscribe,...", con el que el abogado cobraría dos veces por el mismo trabajo.

Ahora, una vez que la sentencia nos ha sido favorable, y obliga a la aseguradora a abonarnos las cantidades aportadas, más intereses, el abogado nos exige el pago de los honorarios acordados, más el 21 % de IVA adicional.

En ningún momento se nos indicó nada con respecto al IVA, ni antes ni durante ni después de la firma de la hoja de encargo profesional, ni se indica nada en ella al respecto. Por lo que entendemos que, al no indicarse nada al respecto, dicho impuesto está incluido en los honorarios acordados, al igual que en cualquier otro contrato de servicios o no.

¿Es correcto lo que entendemos, y por lo tanto el IVA estaría incluido en los honorarios que se acordaron?, o por el contrario ¿el abogado tiene derecho a exigirnos el pago del IVA, adicionalmente a los honorarios acordados?, en cuyo caso ¿debería habernos informado adecuadamente en el momento de la firma de la hoja de encargo profesional, o está obligado a ello?

Gracias de antemano por su respuesta.

Un saludo.

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Que yo sepa la ley establece que si no se especifica nada, el IVA está incluido. Ya puede haber doctrina, que la ley pesa más.

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Los criterios orientadores de los honorarios que se establecen por los distintos Colegios de Abogados, establecen unas cuantías a las que ha de añadirse, además, el importe correspondiente a la cuota del impuesto sobre el valor añadido que como sujetos pasivos del mismo los abogados están obligados a incluir, extremo, por otra parte, pacífico en la doctrina establecida por la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Por tanto, salvo pacto expreso al respecto, su abogado podrá requerirle la parte correspondiente al IVA.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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