¿Debo hacerme cargo de las deudas de una herencia?
Realizada por Montserrat Torrents marcén. 8 ene 2013
Mis padre hicieron testamento, y en dicho testamento nos hacían herederos por igual a los tres hermanos. El bien principal era un piso que ya vendieron y cuyo dinero ya gastaron. En caso de fallecimiento, ¿tendría que hacerme cargo de las deudas que tuvieran? Gracias.
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Acepte la herencia, pero a beneficio de inventario. Lumbreras Abogados
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Para evitar sorpresas a la hora de heredar, lo mejor es hacerlo a beneficio de inventario, de lo contrario, si acepta la herencia esta aceptando las deudas de la misma.
Debe aceptar la herencia a beneficio de inventario, para evitar esta posibilidad.
Lumbreras Abogados
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Si acepta la herencia pura y simplemente, sí. Para no hacerse cargo de las deudas podrá aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a la herencia (en este caso también renuncia a los bienes de la misma).
Cuando uno hereda, lo hace tanto respecto a los bienes o activo, como a las deudas o pasivo. Es decir, si sus padres tienen deudas y usted acepta la herencia, tendrá que responder. Pero éste se puede evitar aceptando la herencia a beneficio de inventario. Es un procedimiento más lento, pero asegura que sólo responderá de las deudas de sus padres con el patrimonio de ellos, y no con el suyo propio.
Puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, y una vez efectuado éste, si le interesa puede aceptar la herencia del causante, ya que si la acepta de forma pura y simple, asume todo el caudal hereditario y también las deudas o pasivo existente en la masa hereditaria.