Soy fijo discontinuo en una cooperativa agrícola de naranjas, en la cual trabajo de carretillero y el otro día me mal despidieron. Interpuse una papeleta de conciliación por despido y reconocieron el despido improcedente y me pagan la indemnización.
Ahora mi pregunta es: ¿Deben pagarme el finiquito? Por que me pagaron solo los días trabajados del mes hasta la fecha del despido. El abogado de la empresa dijo que las pagas y vacaciones van incluidas en el sueldo dado que es un trabajo temporal de pocos meses al año y que en el convenio está reflejado.
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Como ya te han respondido, en algunos convenios efectivamente el salario día de los eventuales y fijos discontinuos incluye pagas extra, vacaciones y festivos. Habría que ver el Convenio.
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Buenos días
En todo caso depende del Convenio de aplicación, por ejemplo el Agropecuario de Catalunya prevé el salario global para los temporales o temporeros en el que se comprende el salario por los días trabajados, los festivos y las pagas extraordinarias, pero en ningún caso las vacaciones que se tendrán que disfrutar y si no es posible abonarlas.
Un saludo
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