Custodia para la madre con régimen amplio

Realizada por zampi26. 27 nov 2014

Tenía un juicio de medidas provisionales en el que pedía la custodia para la madre, el piso y una pensión. Al llegar al juzgado los dos abogados llegaron a un entendimiento y me propusieron la custodia para mí, el piso lo compraba yo y le daba su parte y una pensión de 200 euros y el régimen de pernocta de viernes a domingo una semana y la otra de martes a jueves.

Accedí a ello pero pensándolo ya fuera del juzgado eso es como tener la custodia compartida. El acuerdo no está firmado y el juicio anulado, pero ahora si no estoy de acuerdo ¿podría ir a juicio pidiendo todo para mí? ¿Y qué diferencia hay entre la custodia compartida y lo que me han propuesto?

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En el caso de custodia compartida económicamente y a no ser que se pacte en el convenio otra cosa, ningún progenitor le pasa pensión al otro, ya que cada uno se hace cargo en su período con los niños de lo necesario por ellos. Los gastos extraordinarios en todos los casos se comparten el 50%.
En el caso de que la custodia no sea compartida, el progenitor custodio vive con los menores en el domicilio familiar hasta la fecha, explicando en el convenio regulador las cuotas a pagar por lo general a medias entre ambos progenitores de la hipoteca, no siendo así con los gastos tanto de seguro familiar como IBI... En el caso de que no hubiese hipoteca la vivienda que pasa a ser para los menores y para el progenitor custodio sera por lo general hasta que los menores adquieran la mayoría de edad. Actualmente se está pactando y/o sentenciando por el Tribunal Supremo que dicha medida sea efectiva hasta pasados dos años desde la sentencia de divorcio y pasado este tiempo la vivienda en el caso de ser bien ganancial se vendería y dividiría al 50% la ganancia o pasaría a ser para el dueño (si es el progenitor no custodio). Cualquier otra duda contacte con nosotros. Gracias

López Sánchez Abogados Abogado en Betanzos

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