Hola, el caso es que no estamos casados, hemos estado viviendo juntos, ella tiene un niño de otro padre el cual se lo está criando la madre de ella porque el tiempo que ha estado conmigo este niño ha estado con la abuela yo tengo un niño de tres añitos con ella y bueno estando con ella me ha puesto los cuernos, la he dejado pero mi preocupación es que esta chica no está muy bien de la cabeza y por parte de ella tiene una hermano que tiene trastornos mentales peligrosos. Ella no está trabajando y los padres están de alquiler y la hermana está viviendo con los padres, es agresivo y la madre de mi hijo tuvo un juicio por robo, me gustaría saber qué pasos he de seguir, ¿cuánto me costaría y qué posibilidades hay de que yo pueda tener la custodia de mi hijo, ya que solo me preocupa el bienestar de mi hija?
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Buenas noches,
Tiene que solicitar unas medidas more uxorio, solicitando la guarda y custodia de la menor y prueba psico-social, para demostrar qué progenitor es el más idóneo para ostentar la guarda y custodia.
Tiene que hacerlo cuanto antes por el bien de la niña. No es bueno que se crie en ese ambiente.
Le ponemos el despacho a su disposición para lo que necesite.
Atentos Saludos.
Si lo desea, contacte en privado y le indicaremos un presupuesto cerrado por llevarle el caso.
Las probabilidades de éxito dependen de multitud de factores pero, sobre todo, de lo que se pueda demostrar. Se trata de valorar la situación en su conjunto y hacerle ver al juez que el menor con quien de verdad estaría mejor atendido es con Ud. No obstante, con todo lo que relata parece tender posibilidades de conseguir una custodia exclusiva.
Lo importante es actuar con prontitud, puesto que el tiempo corre en su contra: cuanto más tiempo pase el menor viviendo con su madre o abuela, menos probabilidades tendrá Ud. de tener su custodia.
Ofrecemos precios anti-crisis y facilidades de pago.
Estimado Sr.
Lo primero que debe hacer es dar parte a Asuntos Sociales, en caso que vea que el bienestar de su hija está en peligro bien por negligencia, situación personal de la madre... O bien, poniéndolo en conocimiento del IMF en Gran Vía, 14 de Madrid, si reside en dicha Comunidad Autonoma. O en la Consejería o Instituto de Infancia dependiente de su Comunidad Autónoma. En segundo lugar, puede ejercer su derecho a iniciar un procedimiento civil de guarda y custodia de su hija, con la aportación de pruebas que vea necesarias.
En cuanto al proceso, puede calcularlo viendo los honorario de los letrados en la página del ICAM. Son orientativos, o llamando al ICAM directamente. A esto debe sumarse los gastos de procurador y tasas judiciales si procede.