Cuenta a nombre solo de un cónyuge, en gananciales, ¿es posible?

Realizada por Cuno. 1 may 2013

A un familiar mío, su gestor le hizo la declaración para el Impuesto de Sucesiones por su cónyuge, casados en R. Gananciales. El causante tenía una cuenta a su nombre con una importante cantidad generada durante el matrimonio y procedente únicamente del trabajo y ahorro de ambos y el gestor lo declaró como Privativo al estar solo a nombre de la persona fallecida, y el resultado fue que mi familiar tuvo que pagar una suma importante. Mis preguntas son: ¿debería haber sido puesto como ganancial? ¿Se podría solicitar la rectificación de la declaración, hecha hace 1 año?

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Buenos días,
Los rendimientos del trabajo y los ahorros que se generen durante el matrimonio son gananciales, por lo que no importa a nombre de quien estuviera la cuenta, lo que importa es el origen de los fondos que la integran.
Sólo en el caso de que se pudiera demostrar que el dinero existente en la cuenta proviene de una herencia o de una donación se podría declarar ese dinero como privativo, en el resto de casos dicho dinero sería ganancial.

Por tanto, yo le aconsejaría ponerse en contacto con un abogado, y que a la vista de la documentación que tenga su familiar le diga que posibilidades existen de reclamar contra el gestor que llevo a cabo dicha declaración por los perjuicios que le haya causado.

Quedo a su disposición para cualquier duda o consulta.
Un saludo.
Jennifer Alarcón.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Los bienes obtenidos constante el matrimonio, adquieren el carácter de ganancial, salvo los bienes o derechos que cada uno de los cónyuges adquiere por herencia o donación que serían bienes privativos.

Por tanto, aunque el dinero se integrase en una cuenta común, esa cantidad sería privativa de quien ha recibido la herencia, no obstante, en caso de considerarlo conveniente por razones personales, sería conveniente que constara en una cuanta de titularidad exclusiva de quien ha recibido esa herencia.

Atte.

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