Convenio regulador de hace 15 años. ¿Está vigente ese convenio todavía?
Realizada por Carmelo. 30 oct 2013
En convenio se hace referencia a mi hijo menor de edad, a la pensión y a los días que tiene que pasar con cada uno. A día de hoy el niño tiene 21 años y en el convenio no hay alusión alguna en el convenio a la mayoría de edad del niño, es decir, sólo se menciona al "menor". ¿Está vigente ese convenio a día de hoy?
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Buenas tardes Carmelo:
Lo que viene estableciendo la jurisprudencia es que la pensión de alimentos a los hijos no tiene un límite máximo de edad. En este caso da igual que tenga 21 que 18 años. Va a tener que continuar con la misma hasta que el menor pueda valerse por si mismo. Evidentemente que si el hijo puede acceder a trabajos remunerados y los rechaza, y tiene todos los estudios acabados y por desidia no busca trabajo, se puede solicitar judicialmente una modificación de medidas para que se dé por finalizada la pensión.
Buenos días, el convenio sigue vigente mientras el hijo esté en circunstancias de no ser autónomo económicamente. Es evidente que a un hijo de 21 años difícilmente se le hará cumplir un régimen de visitas; en cuanto a la pensión, si éste no trabaja seguirá vigente. En caso de que usted pudiera acreditar que el hijo ni trabaja y ni estudia (o desaprovecha los estudios con rendimiento bajo) podría instar una modificación de medidas para extinguir la pensión. En todo caso, le recomiendo busque los servicios de un buen abogado o abogada de familia. Cordialmente,
Dependerá de su contenido y de las circunstancias que concurran en el caso, si estudia, tiene vida on dependiente, etc.. Recomendamos que acudas a tu abogado y lo consultes, pues dispone de todos los datos para informarte con rigor.
El convenio sigue en vigor. Si quisiese realizar cualquier modificación en el mismo, habría de interponer la correspondiente demanda de modificación de medidas.
Ane Miren Magro
Estimada consultante, el derecho de visitas desaparece con la mayoría de edad, pero la pensión continua hasta que el hijo tenga medios propios de vida. Estamos a su disposición en Valencia.
Si esta vigente, pues hasta que tu hijo pueda mantenerse de forma autónoma tu obligación como padre es seguir dandole esa pensión de alimentos, otra cuestión seria si tu hijo es un irresponsable y ni estudia ni trabaja y pretende vivir de ti hasta cuando el quiera, pero tendrias que probar estos hechos.
El código civil es muy explicito en estos temas regulando incluso la pensión de alimentos en caso de hermanos, por lo que mucho me temo que vas a tenerlo complicado.