Consecuencias prueba alcoholemia positiva

Realizada por Diego. 18 jul 2012

Buenos días, el día 12/07/2012 en Madrid tuve un accidente donde provoqué daños a 2 vehículos aparte de los generados en los míos.

Me hicieron la prueba de alcoholemia y fue positiva, 0.90 en primera instancia y 0.84 la segunda, no tengo antecedentes penales.

¿Podrían decirme cuál puede ser más o menos la sentencia?

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Cuando en un accidente de tráfico concurre una influencia de alcohol, aunque la tasa sea inferior a 0,60 mgr./l., sería constitutivo de un delito de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas.

En caso de resultar condenado, la compañía aseguradora, en su calidad de responsable civil directo, asumirá el pago de todos los daños ocasionados, si bien, posteriormente podrá reclamar las cantidades abonadas a su asegurado.

Es muy importante el tener en cuenta que la designación de un abogado de oficio, no significa que sea gratis su intervención en el juicio, ya que si no se obtiene el derecho de justicia gratuita, hay que abonarle los honorarios según las normas del Colegio de Abogados.

Por tanto, siempre es más conveniente buscar a un abogado de confianza que esté especializado en delitos contra la seguridad vial y concertar previamente el importe de sus honorarios por la asistencia.

Atte.

Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Buenas tardes,

Entiendo que mi seguro no se va a hacer cargo de los desperfectos en los contrarios por existir una prueba de alcoholemia positiva. De hecho, asumo mis responsabilidades y yo pagare todo porque entre otras cosas estoy arrepentido y de alguna manera esta será parte de mi penitencia.

Estoy citado para un juicio dentro de un par de semanas al cual por supuesto que voy a acudir a reconocer mi culpabilidad y a reconocer mi gran error. El abogado de oficio me dijo que lo normal es llegar a un acuerdo de retirada de carnet de 8 meses y 2 días. Ademas, de la multa económica, ¿podrían decirme cuanto puede ser esta multa?, ¿tendré que realizar servicios a la comunidad?, ¿es cierto lo que me dijo mi abogado?, también comentar que tengo un trabajo fijo y estable, ¿puede perjudicar en algo la sentencia sobre mi trabajo?

Gracias, saludos.

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Hola Diego,

En caso de condena te impondrán una de estas penas: prisión de 3-6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31-90 días.

Además de la de privación permiso conducir por tiempo de un año y un día a tres años, penas accesorias y costas, según prevé el art. 379 del Cód. Penal; dentro de estos márgenes puede variar la condena según el procedimiento y circunstancias, siendo aconsejable que seas asesorado por un abogado especializado.

Un cordial saludo,

Isidro Gómez

Abogado Digital Abogado en Bilbao

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0'90 y '84 es ya una tasa constitutiva de delito. la pena es de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Si se conforma con el delito, le rebajarían un tercio de la pena, por lo que no teniendo antecedentes penales, normalmente se descarta la prisión y se puede optar entre trabajos en beneficio de la comunidad o multa.

Libera Lex & Law - Mª José Aragó Domingo Abogado en Valencia

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La condena consistirá en una pena de multa y la retirada del carné por un período de aproximadamente 2 años. Aparte, deberá satisfacer los daños causados (de esto se encargará su seguro).

Saludos.

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

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La consecuencia segura es la retirada del carnet de conducir en un período comprendido entre 1 y 4 años.

La siguiente consecuencia será que le impongan una pena privativa de libertad de 6 meses cuando menos, que puede ser suspendida puesto que no tiene antecedentes penales o que le impongan una penal de multa.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Buenos días,

para poder ofrecer una respuesta mas adecuada necesitaría algo mas de información, tal como atestados o informes, me imagino que fue citado a un juicio rápido al que asistiría acompañado de letrado.

Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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