Con un contrato indefinido, ¿te pueden despedir?

Realizada por Anonimo. 22 jul 2015

Buenas tardes,

Tengo un contrato indefinido y estoy muy agobiada por el exceso de trabajo porque estoy sola, no quieren meter a otra. Mi médico me ha dado de baja, ahora tengo miedo por si me pueden despedir ya que soy la única responsable del puesto

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días:
Hay que ver las causas del despido.
Le correspondería una indemnización mayor.
Antes de firmar asesorese. Le atenderemos en este despacho.
Saludos cordiales.

Abogada Julia Pousa Nogueiras Abogado en Ourense

17 respuestas

3 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Sí. Te pueden despedir, pero sin causa que realmente lo justifique, sería un despido improcedente.
Si tienes un exceso de trabajo y eso es lo que ha provocado tu baja médica por ansiedad, etc., podrías denunciarlo en la Inspección de Trabajo y, de paso, si te despidieran tras tu denuncia, el despido sería nulo con obligación de readmitirte.

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,

decirle que la modalidad de contrato que tiene no le exime del despido, eso sí a la hora de hacerlo le correspondería una indemnización en atención a las causas del despido y teniendo en cuenta su antigüedad.
En caso de que la despidan, asesórese antes de firmar nada.

Saludos.

Lorena Mon Avogados Abogado en Foz

64 respuestas

74 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos Días, le informamos que que el hecho de estar indefinida no le exime de ser despedida. Si lo hacen estando usted de baja será improcedente o nulo y deberán indemnizarla por ello conforme a derecho. Si esto le ocurriera, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle y si lo decide representarle para defender sus intereses. Suerte.

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Hola. El despido puede ser declarado nulo, improcedente o procedente. Si es declarado nulo la consecuencia es la inmediata readmisión .Hoy el despido nulo prácticamente se limita a casos de discriminación . Lo mas habitual sería la declaración de improcedencia que en caso de admitirse dicha improcedencia supondria la opción para el empresario de readmitir o indemnizar . No hay forma de obligar al empresario a optar por la readmision salvo se le olvide optar en el plazo de cinco dias desde la notificación de la sentencia que declarase improcedente dicho despido.


Un placer.

Estudi Jurídic Castella Abogado en Prat de Llobregat (El)

71 respuestas

33 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días

Una de las facultades que tienen las empresas es poder despedir a su empleados, pero se tendrán que ajustar a la legalidad y acreditar que los motivos por los que la despide son ciertos.

En caso de que la despidieran tendrá que demandar a su empresa, tiene plazo de 20 días, y si los motivos que alega la empresa no son ciertos, la tendrá que indemnizar o incluso puede ser considerado nulo el despido.

Si desea asesoramiento póngase en contacto con nuestro despacho
Carmen abogada de Málaga
M-G&D Abogados

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

384 respuestas

357 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días

La empresa le puede despedir, dado que es una facultad de las empresas, pero la tendrán que indemnizar, y además tendrá que ajustarse a derecho las causas del despido.

En caso de que la despidiera, tiene usted 20 días para poner demanda por despido y reclamación de cantidad si le debe algún concepto.

Quedo a su disposición
Carmen abogada de Málaga
M-G&D Abogados

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

384 respuestas

357 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Anónimo,

El tener un contrato indefinido no es una protección absoluta, es decir, que si es posible el despido con la correspondiente indemnización y finiquito, pero sobretodo por una causa justa y probatoria.

Podemos encargarnos de la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y perfil del facebook para más detalles sobre nosotros.

Un saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

1734 respuestas

874 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas