Hola. Mi pareja y yo hemos decidido comprar una 2 vivienda( un Studio pequeňo). Resulta que ya hemos hecho todos los tramites: arras, incluso gastos del banco, como tasación, apertura de cuenta y contratacion seguro.
Pues la inmobiliaria nos informa hoy que al final no han conseguido la cédula de habitabilidad porque no llega a Los 20m2.(falta 50cm),cuando en las arras pone que dispone de 27m2.
En las arras hay una cláusula de que si hay un desistimiento por parte del vendedor, se nos devolverían el doble.
¿Qué podemos hacer? ¿Cómo proceder?
Muchas gracias.
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Buenos días, sin problema puede resolver por perdida del objeto del contrato con devolución de lo entregado. Saludos
Hola. Buenos días María.
Se trata de un caso jurídicamente interesante. En propiedad no hay desistimiento del comprador pues éste no ha decidido voluntariamente no venderle. Mas bien estamos ante la compra de un inmueble que no se puede habitar y por ello ha resultado para usted imposible la finalidad económica de su compra. Siendo esencial conocer si usted sabía que el inmueble carecía de cédula de habitabilidad y la venta estaba condicionada a su obtención o denegación. O por el contrario ignoraba la ausencia de la cédula de habitabilidad habiendo descubierto este hecho tarde y a última hora. Acuda a un abogado.