¿Cómo saber si hay testamento y conocer el contenido de éste?
Realizada por A. Luis P.S.. 14 ene 2013
¿Es posible saber si una persona que todavía vive ha hecho testamento? No importa tanto el contenido del mismo, porque el hijo conoce el testamento (antiguo) que hizo su madre, sino saber si pudiera haber hecho otro más reciente, influida o manipulada por terceras personas.
Se trata de una persona mayor con alzheimer, con evidente riesgo de que pudiera ser influida o manipulada por su cuidadora y por la posibilidad de iniciar el proceso de incapacitación. El hijo tiene plenos poderes vigentes, otorgados notarialmente por la madre hace años, cuando todavía estaba mentalmente bien.
¿Quién y cómo podría solicitar esa información?
Muchas gracias
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¿Cómo saber si hay más testamento?
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La cuestión -sutil- es la siguiente: habida cuenta de la enfermedad mental mencionada (alzheimer), ¿podría solicitar el hijo, mediante PODER NOTARIAL vigente (otorgado en tiempos de salud mental plena), información actualizada sobre la existencia -o no- de testamento?
No se trata de averiguar su contenido, sino -simplemente- saber si ha realizado recientemente un nuevo testamento.
Muchas gracias por su amabilidad.
A. Luis
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La cuestión -sutil- es la siguiente: habida cuenta de la actual enfermedad mental mencionada ¿podría solicitarse mediante el PODER NOTARIAL vigente (otorgado tiempo atrás en estado de salud mental) simple información sobre la existencia -o no- de testamento del poderdante (no del contenido del mismo)?
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El testamento (en caso de que haya sido otorgado notarialmente) sólo puede ser conocido tras su fallecimiento mediante la aportación del certificado de defunción y el de actos de última voluntad. Es la propia persona la que puede mostrar su testamento. Sólo vale el último realizado.
Respecto al testamentó, únicamente sería aplicable el último otorgado por el causante, por lo que aunque conozca la existencia de uno, puede que existan otros posteriores.
Para saber si existe testamento, es necesario que la persona haya fallecido, presentarto una solictud al Registro de Actos de Última Voluntad dependiente del Ministerio de Justicia.
Si la persona no está incapacidada judicialmente podría otorgar testamento o formalizar cualquier otro acto de disposición sobre sus bienes (compraventa, donación, etc).