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Buenos días,
Para poder dar respuesta a su pregunta, deberíamos tener más datos. ¿Tiene usted la nacionalidad española? ¿Es usted extranjera? A grandes rasgos, si tiene usted la nacionalidad española, puede venir su marido y una vez aquí solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión. Si es usted extranjera, deberá iniciar un procedimiento de reagrupación familiar. Por otra parte, señalarle que si se han casado en Marruecos, deberan primero inscribir el matrimonio en el Registro Civil del Estado español para que éste pueda surgir efectos aquí. Si se han casado aquí no hace falta.
Atentamente,
David Aranda
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