¿Cómo pasar la guarda y custodia a mi ex por no poder hacerme cargo yo?

Realizada por Carmen. 26 oct 2012

Tengo una hija de 11 años de la que yo tengo la guarda y custodia pero el padre ni me pasa la pensión alimenticia ni cumple el régimen de visitas. Ahora mi situación es que estoy en paro y no tengo recursos para mantenerla. He tenido que abandonar el piso por no poder pagar el alquiler y tengo depresión. Hay días que no puedo levantarme y me caigo. Quiero, por estos motivos, que la guarda y custodia de mi hija pase a mi ex. ¿Cómo puedo hacerlo? Gracias.

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Buenos días,
De acuerdo con las circunstancias que nos comentas seria procedente que interpusiera una demanda de modificación de medidas paternofiliares, con el fin de que se establezcan nuevas medidas o se modifiquen las existentes en lo relativo a la patria potestad, guardia y custodia, régimen de visitas, todo ello a la vista de las nuevas circunstancias existentes.

Para la interposición de dicha demanda es necesario la asistencia de abogado y procurador. Desde IR Lex Abogados estamos a tu disposición para la resolución de cualquier duda adicional al respecto. Un Saludo.


IR Lex Abogados.

IR Lex Abogados Abogado en Murcia

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Buenos días Carmen,
Usted debería presentar ante el Juzgado una solicitud de modificación de medidas en ese sentido, solicitando al Juez que acuerde la atribución a su ex de la guarda y custodia excusando que no puede hacerse cargo de su hija por problemas de salud y económicos. Esa demanda se dirige contra su exmarido y tras los trámites correspondientes el juez dicta sentencia en la que siempre atenderá al interés y beneficio de su hija. Reciba un saludo.

Marisol Martinez Ruiz De Gopegui Abogado en Logroño

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En principio, debería saber si su padre quiere ejercer dicha guardia y custodia. En caso contrario, tendría que solicitar la modificación de medidas ante el Juzgado que dictó la sentencia de divorcio, para lo cual tendrá que solicitar un abogado de oficio.

En este transcurso de tiempo, sería recomendable que lleven una vida lo más estable, porque en un momento dado, si interviene la asistencia social o los servicios de protección de menores ante un riesgo para la menor, puede ser declarada en desamparo, y se haría cargo la administración de la comunidad autónoma de su custodia, y es mejor evitar cualquier injerencia de este tipo. Hable con su exmarido, o con los abuelos, y traten de que esto se resuelva en familia, por el bien de la menor.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Estimada Carmen,
Puede interponer una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado correspondiente, para lo cual necesitará ser asistida por Abogado y Procurador. Sin embargo, debe tener presente que el asunto es delicado: si usted no se encuentra en condiciones de atender a su hija y su padre, por su parte, tampoco parece estar por la labor, el Fiscal puede considerar que la menor se encuentra en situación de desamparo y puede solicitar que le retiren a ambos la patria potestad, pasando a ser tutelada por los servicios de protección de menores de su comunidad. Valore la situación y considere qué es lo mejor para su hija, y recuerde que el interés de los menores está siempre por encima de los intereses de los padres.

Un saludo.

Ana Martín | Abogada Abogado en Almería

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Hable con su ex y soliciten una modificación de medidas ante el juzgado.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Debe acudir al Juzgado donde se dictaron las medida y solicitar:
1 Que se requiera al padre para que le pague a usted las pensiones alimenticias de su hija, bajo apercibimiento de proceder por la vía penal si no lo hiciere.
2 El cambio de guarda y custodia, provisional o definitiva, dependiendo de como usted le interese. A tal efecto deberá acompañar al Juzgado cuanta documentación obre en su poder que acredite su precaria situación económica así como su estado de salud.
Si no tiene medios para pagar un abogado, acuda al Colegio de Abogados del Partido Judicial al que corresponda su municipio y solicite que le designen abogado del turno de oficio así como la Asistencia Jurídica Gratuita. Allí mismo le informarán de los requisitos y documentación que debe presentar para su concesión.

Un cordial saludo,
Jaime Lopez Collado - Abogado

Jaime López Collado Abogado en Barcelona

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