Me gustaría que me ayudaran con este tema. Yo tengo la patria potestad de mi hijo, soy madre soltera y me gustaría saber si aún teniendo yo la patria potestad puedo solicitar la pensión de alimentos o por tener la patria potestad ya he perdido todos los derechos. El padre es del extranjero y yo vivo aquí en España. En el caso de que tuviera el derecho de solicitar la pensión de alimentos, ¿puedo solicitarlo estando yo aquí?
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Buenos días.
Debemos diferenciar entre la patria potestad y la custodia. La privación de la patria potestad sólo puede darse por causas tasadas por la ley y, en cualquier caso, por sentencia firme, ya que es un derecho inalienable al progenitor, que no se puede renunciar.
Por lo anterior deberemos conocer la situación a la que se viene refiriendo. De no tener suspendida ni privada la patria potestad y tener una custodia exclusiva (o compartida según sea el caso) podrá usted reclamar el pago de la pensión de alimentos. Para lo cual ha de presentar demanda ante el juzgado de primera instancia de España, indistintamente de si el demandado vive en el extranjero puesto que para conocer de esta reclamación son competentes los juzgados donde resida el acreedor.
Para lo anterior necesitará contratar los servicios de un abogado.
Gracias por sus respuestas, pero si estoy segura que tengo la patria potestad ya que mi hijo es nacido también en el extranjero y para poder tramitar la nacionalidad y poder traerlo me pidieron en el registro civil la patria potestad o bien la autorización del padre y como el padre no se presento ante el juez para hacer ninguna alegación, me dieron la patria potestad a mí.
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Gracias por sus respuestas me han ayudado de mucho, pero si quiero aclarar que tengo la patria potestad, además mi niño nació en el extranjero y para poder traerlo aquí a España tenía que tener la patria potestad o bien la autorización del padre, pero al padre como no se le localizaba me dieron la patria potestad que es el documento que me pidieron en el registro civil para pedir la nacionalidad para el niño
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Nuestro despacho lleva tramites de familia internacionales, por lo que puede encomendarnos la reclamación de alimentos a cualquier parte del mundo. Estamos a su disposición en Valencia
Buenos días, el hecho que usted ostente la patria potestad no es obstáculo para que pueda reclamarle al padre la pensión de alimentos para su hijo. Para ello precisará de abogado y procurador. Saludos cordiales,
De lo que ha expuesto usted, deduzco que sí puede reclamar la pensión de alimentos. Para ello, tiene que presentar demanda ante el juzgado de primera instancia de España, al aplicarse la norma de que los juzgados competentes para conocer de la reclamación de la pensión de alimentos son los de la residencia del acreedor.