Cobro de la incapacidad temporal

Realizada por Maribel. 1 jul 2016 Abogados laboral

A mi marido lo despidieron estando de baja. Este junio hará un año que está de baja por la Seguridad Social.

Ha pasado un primer tribunal médico y le han prorrogado 6 meses más. A él le paga una mutua. Justo hasta el mes de mayo de este año hemos venido cobrando el 70% y ahora en junio veo que nos pagan el 50%. ¿Es correcto?

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la situación de tu marido es correcta, le han prorrogada su situación de Incapacidad Temporal, hasta la resolución definitiva, en la que le darán el alta o le reconocerán una incapacidad permanente, debes estar atenta a esa resolución pues tienes cuatro o treinta días para impugnarla, en lo referente al cobro, tu marido debería seguir cobrando el 75% de su base de cotización, por lo tanto deberías reclamar al INSS.,
estamos a tu entera disposición

Gabinete Jurídico Laboral José Luis Terol Alonso Abogado en Málaga

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Hola Maribel,
seria necesario saber si la baja ha sido por accidente de trabajo o enfermedad común.
En cuanto a la baja de su marido y atendiendo a que se ha iniciado un expediente de incapacidad permanente por parte del INSS, también es del todo recomendable estudiar su caso, ya que por regla general aunque el afectado sea tributario de una incapacidad permanente pocas veces suele reconocerse, por lo que deberá iniciar un procedimiento para su obtención.
Quedamos a su completa disposición para estudiar su caso con mas detenimiento.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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