asunto expediente de dominio

Realizada por jose garcia palomero. 21 jul 2012

Compré un chalet adosado hace 35 años y hace unos 5 años cedimos los viales y demás servicios al ayuntamiento. En mi escritura no figuran coeficientes por elementos comunes, pero la comunidad ha iniciado un expediente de dominio sobre unas zonas verdes de 2300m2 aprox, para poder escriturarlos a nombre de la comunidad, yo me he opuesto en acta de reunión extraordinaria.


Según un documento de los datos requeridos por la ley del suelo en mi poder, dice que la propiedad (supongo que se refiere a la constructora) debe ceder libre de cargas al ayuntamiento de este pueblo cita el nombre) las zonas indicadas en los planos como cesión, en esos planos, figuran.


los viales ya cedidos, el equipamiento general ya cedido, y otra zona verde de parques y jardines, también en su poder, solo queda esta, una mayoría de vecinos la quieren porque dicen que es muy bonito, pero nos cuesta casi 50.000 € el mantenimiento (qué salvajada).


¿Pueden obligarme a ser propietario de esas zonas verdes?

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Gracias por su información, pero si en mis escrituras no figura ningún tipo de coeficientes ni elementos comunes, ¿cómo puedo yo ser propietario de algo que no he firmado en ninguna parte? ¿Aun en el caso de que haya mantenido durante años erróneamente o en la creencia que esas zonas verdes eran de a comunidad?

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Buenos días,

ustedes están constitutidos en comunidad de propietarios, las urbanizaciones también lo son. El expediente de dominio exige que se pruebe que dicho terreno es suyo, y esto implica que si se prueba, es que siempre ha sido suyo, de la comunidad de propietarios establecida.

Usted no puede decidir dejar de ser propietario parcialmente.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Para poder darte una respuesta más concreta habría que analizar la Ley del Suelo (depende de la Comunidad Autónoma en la que esté situado el chalet), así como, probablemente, los Estatutos de la Comunidad de Propietarios, a los efectos de analizar las mayorías requeridas para la adopción de este tipo de acuerdos.

Sería conveniente analizar todas esas cuestiones antes de la celebración de la correspondiente Junta de Propietarios, para que que en todo momento sepas a que atenerte y los derechos que como propietario te asisten para poderte oponer, en su caso, a la adopción del mencionado acuerdo.

Requeriríamos más información para darte una respuesta concreta.

Quedamos a tu plena disposición. Contáctenos a través de abogados365.com

Ane Miren Magro.

ERCILLA ABOGADOS Abogado en Bilbao

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