¿Aceptación tácita por vivir en casa heredada?

Realizada por HHH. 6 oct 2015

Buenas tardes, mi abuela falleció hace 10 años sin dejar testamento. Ninguno de sus herederos (dos hijos) arregló ningún papel ante notario para aceptar la herencia.

Ahora mi tío ha fallecido y en el registro de la propiedad aparecen como dueños de la casa mi tío y mi abuela.

La casa fue comprada en 1995 a medias entre mi tío y mi abuela.

¿Se considera que mi tío aceptó tácitamente la parte de herencia que le correspondía por vivir en esa casa?

A día de hoy ¿cuánto le corresponde a mi madre por la herencia de mi abuela, el 100% o el 50% aunque mi tío haya fallecido sin aceptar la herencia?

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Buenas tardes,

La parte que le corresponde a su madre en dicha casa depende de las últimas voluntades (testamento) o, en caso de no haber otorgado, la declaración de herederos de los demás intervinientes. Y también depende de la vecindad civil de su abuela y de su tío.

En principio, herederos de su abuela serían su tío y su madre a partes iguales puesto que dice que no otorgó testamento.

No se puede considerar tácitamente aceptada la herencia por parte de su tío por el hecho de residir en la casa ya que él era el dueño de una de sus mitades. Ahora bien, aunque no haya aceptado formalmente, si tampoco la ha repudiado, la herencia, sus derechos están a salvo, con lo cual pasarían a los herederos de su tío, a los designados por él en testamento a sus parientes más cercanos.

Reúna toda la documentación que tenga sobre el caso y diríjase a un abogado ya que va a tener que realizar algunos trámites para poder poner en orden la herencia

Lourdes Martínez Prado. Abogado (Lleida) Abogado en Arbeca

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Entonces según la última respuesta, si no he entendido mal, a mi madre le correspondería el 25% de la casa y a mi tío el otro 25% aunque haya fallecido. Con lo cual, ahora mi madre hereda 25% de mi abuela y 75% de mi tío. ¿Es así?

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Buenos días, le informamos que para darle respuesta, necesitamos conocer más datos y revisar los documentos que tenga. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Sucesiones, venga a vernos, ¡estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Vivían en Madrid. El piso, comprado a medias entre mi tío y mi abuela viuda.
Al fallecer ella, si sus hijos hubiesen aceptado la herencia se hubiese quedado mi tío con un 75% (50% suyo + 25% heredado) y mi madre con un 25% (heredado). Pero ellos no aceptaron ni renunciaron a nada. Lo único que mi tío siguió viviendo allí porque también era su casa. ¿Eso se puede considerar aceptación tácita?

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Buenos días

Por lo que comenta de la casa, eran dueños su tío y su abuela, al fallecer ambos, si no hay mas herederos su madre seria la única heredera.

Es aconsejable que se asesore de un abogado de su confianza, que con toda la documentación podrá dar una respuesta mas exacta

Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le asesoraremos de forma individualizada y le solucionaremos todo el tema de la herencia.

Carmen abogada de Málaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días, para poder responder a su pregunta sería imprescindible examinar la documentación que tiene y así poder liquidar y adjudicar los bienes en función de los herederos que existan.
Quedo a su disposicion para cualquier aclaracion al respecto

Un saludo

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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Buenas tardes,
en primer lugar para proceder al reparto de la herencia es necesario saber en qué comunidad autónoma fallecieron los dueños de los bienes objeto de herencia, una vez sea conocido este dato, ya se podrá aclarar alguna cosa.
De todas formas decirle que para este asunto es necesario ver la documentación que tiene, pero le adelanto que para que la herencia se considere aceptada tácitamente tienen que concurrir unos requisitos y ver si hay más legitimarios.
Si necesita ayuda le ayudaremos sin problema.

Lorena Mon Avogados Abogado en Foz

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