Abondono de hogar

Realizada por Elena Bueno Sánchez. 4 nov 2013

Mi pareja hace 1 mes nos abandonó sin saber su actual dirección (creo que ha marchado al extranjero). Considero que mi relación de pareja ha acabado pero tenemos una hija de 5 años y quiero saber qué trámites legales realizar. ¿Puedo solicitar la guardia y custodia individual? Vivimos en Cataluña y no estamos casados ni nos declaramos pareja de hecho.

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buenas tardes Elena:

Lo que usted tiene que hacer es acudir a un abogado e instar un procedimiento de medidas paterno filiales para que le concedan a usted la guardia y custodia de la menor. En ese procedimiento puede usted solicitar una pensión de alimentos para la menor al otro progenitor. Da igual que sea usted pareja de hecho, se haya inscrito la misma o no.

se puede no obstante, intentar, llegar a un acuerdo y proponerle un convenio regulador de mutuo acuerdo. Que él lo firme y lo mande, y después que acuda al juzgado para que lo ratifique.

Si no accede al mutuo acuerdo le obliga, claro a la vía contenciosa. Lo difícil aquí va a ser notificar al padre si se ha marchado al extranjero. Tendrá que enviarle la notificación de la demanda a un domicilio en el que viva algún familiar para que recoja la demanda.

Para más información estamos a su disposición. Un saludo

Abogados Puerta Del Sol Abogado en Madrid

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Buenos días Elena.
A pesar de que no esté usted casada y que no se hayan registrado como pareja de hecho, doy por cierto que su hijo está inscrito como de ambos, es decir, el padre ha reconocido su paternidad.
Siendo así el padre tiene sus derechos sobre el hijo. Por ello lo que debe hacer es instar un procedimiento judicial para obtener legalmente la custodia de su hijo. El padre, además de derechos tiene también obligaciones y a través del mismo procedimiento judicial puede pedir que los cumpla.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros para ampliarnos la información y de ese modo poder aconsejarle de forma más ajustada, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenas tardes. Debería iniciar un procedimiento de regulación de medidas paterno-filiales, a fin de regularizar las relaciones con la menor en lo que se refiere a régimen de visitas, pensión de alimentos, etc. En dicho procedimiento usted podrá solicitar lo que considere, por supuesto, la guarda y custodia de la menor para usted, y será el juez quien, en atención siempre al beneficio del menor, conceda una cosa u otra. Quedamos a su disposición para estudiar su caso con más detalle.

Vela Abogados Abogado en Madrid

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