Buenas tardes
Soy la delegada de una federación española deportiva. Estamos acogidos al convenio de oficinas y despachos. Para 2016 la subida ha sido del 1,5 y la empresa no quiera aplicarla a nuestras nóminas porque todos estamos por encima de lo que marcan las tablas del convenio en los salarios base. Mi pregunta es
Es correcto que no nos lo suban
Deben aplicar la subida del 1,6 al total del salario base y antiguedad de cada uno Deben aplicar la subida del 1,5 sobre la cantidad que marcan las tablas segun la categoria laboral de cada uno
No hay conceptos absorbibles.
En el caso del Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid ,en su artículo 10 determina que: “El incremento salarial pactado en este Convenio Colectivo no es compensable ni absorbible con las mejoras que por cualquier concepto vinieran ya concediendo las empresas"
Es por ello que creo que si deben aplicarlo, pero no se si sobre los salarios bases de las tablas del convenio o sobre los salarios bases y antiguedad de nuestras nóminas
De corresponernos dicha subida procederiamos a la reclamación de la cantidad que nos corresponde. Somos once compañeros.
Espero sus respuestas
Muchas gracias por su atención
Un cordial saludo