Reconciliación de los cónyuges

Puede parecer que tras la separación de los cónyuges lo siguiente sea el divorcio, pero no siempre ocurre así. En algunos casos, la separación es un pequeño break para la reconciliación.

16 SEP 2017 · Lectura: min.
Reconciliación de los cónyuges

La reconcilaición de los cónyuges se regula en el art. 84 del Código Civil. Y es que no es sólo cosa de películas o de novelas, la reconcilaición existe en nuestra marco normativo. De manera que, aquellos que algún día decidieron separarse y tras ese periodo de tiempo alejados el uno del otro decidiesen volver juntos, el art. 84 contempla esta posibilidad. ¿ Cómo? Comunicando al juez que declaró la separación la voluntad de los cònyuges de volver juntos para que deje sin efectos la separación establecida en su día. Para ello, las partes necesitarán estar asistidas de abogado y procurador como para la separación. Si bien, bastará con uno que les tramite este procedimiento.

Ahora bien, lo que sirve para la separación no sirve para el divorcio. Es decir, el matrimonio que se divorció, en caso de querer volver a retomar la relación no podrán optar a este procedimiento de reconciliación. Pues, la reconciliación, tal y como está prevista en el art. 84 del Código Civil opera únicamente para la separación, ya que el divorcio rompe todo vínculo habido entre los cònyuges. De manera que si éstos decidiesen volver a iniciar una relación sentimental tendrían que vovler a casarse, no podrían reconciliarse a efectos jurídicos.

Por lo que tan importante es conocer la diferencia entre separación y divorcio como saber cómo funciona la reconciliación. Ya que será muy importante si no estamos muy seguros de romper el vínculo sentimental con la pareja. E igual de importante es que a la hora de rotomar la relación tras la separación, esta reconcilaición sea comunicada al juez para que deje sin efectos la separación, pues de no hacerlo en el registro civil continauría constando el estado civil como separado y a efectos legales podríamos perder muchos derechos. Así por ejemplo, el Tribunal Supremo en una Sentencia de 2009 estableció que quedaba anulado el derecho de la pensión de viudedad de la mujer respecto al marido por no haber sido comunicada la reconciliación al órgano judicial tal y como exige el art. 84 del CC.

Escrito por

Carreras&Carreras

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