Pensión de manutención más allá de los 30 años, ¿a favor o en contra?

En la situación económica en la que nos encontramos actualmente, muchos jóvenes y no tan jóvenes se ven obligados a regresar a casa de los padres por no tener ingresos suficientes

23 OCT 2014 · Lectura: min.
Pensión de manutención más allá de los 30 años, ¿a favor o en contra?

En la situación económica en la que nos encontramos actualmente, muchos jóvenes y no tan jóvenes se ven obligados a regresar a casa de los padres por no tener ingresos suficientes para pagar hipoteca, alquiler, suministros, etc, situación en ocasiones dramática. Día a día vemos imágenes de gente que se ve en la necesidad de pedir ayuda para poder conservar su casa o poder llevarse algo a la boca para comer.

En este contexto no es de extrañar que personas ya en la treintena sigan viviendo en casa de sus padres y no se puedan independizar, la mayoría de ellos jóvenes que acaban de terminar sus estudios universitarios y que no encontrán un empleo estable. Este es el caso de una mujer de Galicia, que a sus treinta años sigue percibiendo una pensión mensual por parte de su padre. Esta noticia no sería importante si no fuera porque el padre, con quien no tiene relación alguna desde hace muchos años, no hubiera solicitado de la justicia la extinción de dicha pensión alegando que, dado que su hija ya tiene treinta años, supone que ya tiene la formación necesaria para poder encontrar un empleo estable y valerse por si misma.

La resolución de este caso se ha producido en la Sentencia del cuatro de julio de 2.014 de la Audiencia Provincial de A Coruña. Revolucionaria donde las haya, esta sentencia ratifica el derecho de la hija a seguir percibiendo de su padre la cantidad de 400 euros mensuales sin limitación temporal, hasta que su fortuna mejore y encuentre una relativa estabilidad económica. Aplicando nuestro Código Civil, afirma que las normas están hechas para interpretarlas según la realidad social del momento y por ello mantiene los siguientes razonamientos:

  • La edad no limita el derecho a percibir alimentos, por lo que se pueden pedir a cualquier edad.
  • El hecho de haber finalizado sus estudios universitarios no le otorga sin más una garantía de encontrar un empleo en la situación económica en la que se halla España en estos momento, y en cualquier caso su vida laboral indica la existencia de múltiples relaciones laborales, pero ninguna de ellas supera el mes de duración. Además, en la mayoría de los casos se trata de trabajos de unas horas al día y con sueldos muy bajos. Por ello, a pesar de tener treinta años y encontrarse en desempleo, no se le puede considerar como un “parásito social" y sigue, por tanto, siendo beneficiaria del derecho de alimentos entre parientes, en tanto no encuentre un trabajo que le de una mínima estabilidad económica.

Se trata esta de una controvertida sentencia que establece un precedente que no todo el mundo califica como positivo. Según las voces más críticas, si se analiza la misma vemos que la mujer en cuestión ya terminó su formación universitaria, aunque sigue formándose con diversos cursos y estudios de posgrado, que aunque no especifica bien podrían ser un Master o un Doctorado. Además de ello, manifiesta que necesita el dinero porque tiene que pagar el alquiler y el préstamo de un coche que ha comprado. Esta corriente más crítica dice que si bien nuestro Código Civil establece el derecho de alimentos entre parientes cuando éstos sean necesarios, los alimentos no incluyen de ningún modo la compra de un coche, que no es un bien en absoluto indispensable, y que además el padre debería poder elegir como prestar esos alimentos, si ofreciéndole alojamiento, comida y vestido así como pagando su formación o a través de la citada pensión de alimentos, pero que en ningún caso es obligatorio pagar el alquiler de los hijos para que vivan independientemente ni mucho menos un coche.

Una sentencia con matices

Los sectores más favorables a esta sentencia dicen que efectivamente es cierto que lo que estos dicen, pero que hemos de tener en cuenta que la justicia sólo puede conceder lo que pidan las partes, por lo que dado que el padre simplemente solicita dejar de pagar la pensión y la hija que sí que se pague, el juez sólo puede decidir entre ambas opciones. Además, manifiestan que se trata de una sentencia que por fin se ha decidido a tener en cuenta la situación social de muchos jóvenes que estaban desprotegidos frente a la mala situación económica actual.

De todas formas es innegable el poder del que esta sentencia va a gozar, pues aunque muchas personas ven en ella un avance de nuestro sistema judicial hacia una zona más justa, si no es recogida con mucho cuidado por el resto de jueces y Tribunales, lejos de convertirse en una doctrina justa lo que hará será fomentar el llamado “parasitismo social". Esto es, algunos jóvenes con pocas ganas de luchar por la vida verán en ella una salida que obligue a sus padres a mantener su vida independiente sin tener que regresar a casa por la falta de ingresos, supliendo la falta de los mismos con el dinero que los padres tendrían que abonarles por no tener un trabajo fijo o una situación económica estable.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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