La regulación de los ingresos del Estado; el derecho financiero

Descubre para qué sirve el Derecho Financiero en este artículo

16 MAY 2017 · Lectura: min.
La regulación de los ingresos del Estado; el derecho financiero

En nuestro artículo de hoy, y como complemento de nuestro anterior artículo sobre el Derecho fiscal, vamos a hablar de su compañero inseparable: el Derecho financiero.

Si, como ya decíamos entonces, el derecho fiscal es aquél que regula la mayor parte de los ingresos del Estado a través de impuestos, tributos especiales o tasas; el Derecho financiero es algo así como su hermano mayor, ya que se encarga de la regulación de todos los ingresos del Estado y, por supuesto, de regular cómo y de qué manera se van a llevar a cabo los gastos. Este tándem de ingresos y gastos acabará por cristalizar en los llamados Presupuestos Generales del Estado, la mayor expresión del Derecho financiero. Se trata éste de un documento de suma importancia para el Estado, apoyado tanto en la Constitución Española de 1978 como en la Ley General Presupuestaria y la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Los mismo son elaborados por el Gobierno, y deben ser aprobados por las Cortes Generales año a año, entre sus páginas están incluidas la totalidad de los gastos e ingresos que manejará el Estado, así como el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del mismo.

Examinando más a fondo los conceptos regulados por el Derecho financiero, podemos ver que dentro del grupo de los ingresos del Estado, además de los provenientes de impuestos, tributos especiales y tasas, se encuentran los que se obtienen a través de la gestión de bienes o empresas de titularidad pública, los obtenidos a través de créditos (como los bonos del Tesoro público), y aquellos que son resultado de multas y sanciones pecuniarias (sanciones administrativas o de tráfico, por ejemplo)

Por otro lado, en la balanza de los gastos debemos incluir todos aquellos que realiza el Estado para el sostenimiento de su estructura, por lo que son muchos y muy variados. Como ejemplo de ellos podemos mencionar los salarios de los funcionarios (maestros, médicos, jueces, funcionarios de los organismos de Hacienda o la Seguridad Social...), salarios de los políticos, subvenciones al transporte, los fondos destinados a la asistencia sanitaria, fondos destinados a construcción o mejora de las infraestructuras del país (carreteras, vías ferroviarias, centros educativos, centros sanitarios…), pensiones, prestaciones por desempleo o por maternidad, mantenimiento de las instituciones del Estado, etc.

Como vemos, todo lo relacionado con el Estado, su estructura y los ingresos y gastos necesarios para su sostenimiento están incluidos dentro del ámbito de acción del Derecho financiero, lo que hace que sea una rama fundamentalísima del Derecho público, pues sin ella la organización de las finanzas estatales sería un verdadero caos. Los principios básicos que alimentan esta gran rama jurídica los podemos hallar en nuestra Carta Magna, en el Título VII "Economía y Hacienda". Aunque si bien es cierto, no debemos olvidar que el hecho de pertenecer a la Unión Europea, hace que también esta influya en casi todos los aspectos legales del Estado, por lo que el Derecho financiero no queda excluido de ello viéndose cercado en ocasiones por alguna que otra disposición o convenio provenientes del Derecho comunitario, como los Convenios de Doble Imposición o algunas disposiciones sobre la deuda pública máxima permitida, por ejemplo.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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