El ICAB reitera su oposición a las tasas judiciales

El Colegio de Abogados de Barcelona ha denunciado la "doble imposición" de tasas judiciales que sufrirá Cataluña a partir del próximo 1 de mayo. Cuando entre en vigor la nueva ley, no solo las empresas, sino también los ciudadanos, tendrán que pagar por acudir al ámbito civil y administrativo.

4 ABR 2012 · Lectura: min.
El ICAB se muestra contrario a la aprobación de las tasas judiciales, pues consideran que son una limitación para las empresas y los ciudadanos.

El Parlamento de Cataluña aprobó recientemente la Ley de Medidas Fiscales y Financieras, que incorpora una nueva tasa (a parte de la tasa estatal prevista en la Ley53/2002) por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de Justicia de competencia de la Generalitat de Catalunya.

Ante esta medida, el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) se ha vuelto a reiterar en su oposición al establecimiento de dichas tasas de la Administración de Justicia, pues consideran que el Dictamen 4/2012 del Consejo de Garantías Estatutarias genera una "doble imposición", pues se añade a la ya vigente tasa estatal y aumenta los procesos en 120 euros para la prestación de servicios personales y materiales.

El ICAB considera que si la tasa tiene que servir para cubrir aquellas necesidades que son exclusivas del ámbito de la Administración de Justicia en Cataluña, "el único modo de evitar esta doble imposición es exigir la transferencia en Cataluña de todos los recursos generados por la tasa judicial estatal. Más aún cuando esta nueva tasa amplía el alcance de aquellos sujetos pasivos que la tienen que pagar a las personas físicas (salvo muy contadas excepciones, como separaciones, divorcios y herencias)".

Desde el ICAB presentan que la aprobación de esta Ley sólo puede ser un instrumento excepcional y justificable desde un punto de vista transitorio, pues no debe olvidarse que el usuario no recibe otro servicio que no sea el único que deriva del ejercicio de la potestad jurisdiccional.

En este sentido, el decano del ICAB, Pedro L. Yúfera, afirma que "estas medidas pueden suponer una limitación o barrera para que el ciudadano y las empresas ejerzan su legítimo derecho a reclamar justicia a través de los tribunales, por eso estas medidas deberían ser temporales", y añade que "en otros momentos ya habían existido tasas que posteriormente se han ido eliminado".

Como indica Jesús Sánchez García, diputado de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) y responsable de la Comisión de Normativa, "esta medida no repercutirá en la agilización de los tribunales, ni en su atasco y, sin embargo, sí supondrá una merma importantísima de la tutela judicial efectiva en Cataluña".

Foto: Manuel Caballero Abogados 

abogados
Linkedin
Escrito por

Abogados365.com

Deja tu comentario

últimos artículos sobre actualidad