Declaración operaciones con terceros Comunidades de Propietarios

Desde hace ya un tiempo y, concretamente, durante este fin de semana, tanto la prensa escrita como la televisión se han hecho eco de una noticia trascendente para las Com. de Propietarios.

24 FEB 2015 · Lectura: min.
Declaración operaciones con terceros Comunidades de Propietarios

A partir de la reforma de los artículos 31 a 35 del Reglamento General de Aplicación de Tributos, en el que se modifican los sujetos que deben declarar operaciones con terceras personas, se establece que serán contribuyentes de esta obligación las Comunidades de Bienes en régimen de Propiedad Horizontal, y las entidades de carácter social. Se excluyen aquellas Comunidades que se encuentren incluidas en el régimen de atribución de rentas del IRPF y simultáneamente en el IVA.

Dichos sujetos, deberán declarar a Hacienda las entregas y adquisiciones de bienes o servicios que realice la Comunidad durante el año natural con terceras personas. Dichas operaciones deben haber superado en su conjunto, durante el año natural, la cifra de 3.005,06 €. Están obligadas a presentar el Modelo 347 des del 1 de enero de 2014 y con efectos de este mes de febrero de 2015, por lo que deberán presentar esta declaración antes del 2 de marzo de 2015 (fecha límite). Y deberán hacerlo durante cada año natural si la cifra de operaciones supera la cantidad mencionada anteriormente.

Las mencionadas entregas y adquisiciones de bienes o servicios que realicen las Comunidades de Propietarios en el año natural, se refieren a: mantenimiento del ascensor, reformas en la comunidad, limpieza de la comunidad, mantenimiento jardines y piscina, etc. De dichas operaciones se excluyen: los gastos de combustible, suministros de energía eléctrica, agua, siempre que su destino sea el uso y consumo comunitario; también se excluyen las operaciones derivadas de seguros, el objeto de los cuales sea el aseguramiento de bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes. Por lo tanto, estas operaciones no se refieren a las zonas privativas de la Comunidad de Propietarios.

Si desean más información al respecto no duden en ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarles.

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Assessoria Bosch Pons

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