¿Cómo hacer una correcta planificación fiscal?

La planificación fiscal puede ayudarnos a ahorrar una cantidad sustancial de nuestras obligaciones fiscales.

31 MAR 2016 · Lectura: min.
¿Cómo hacer una correcta planificación fiscal?

La planificación fiscal puede ayudarnos a ahorrar una cantidad sustancial de nuestras obligaciones fiscales. Evidentemente no se trata este artículo de una forma de evadir impuestos, sino simplemente de conseguir maximizar todos nuestros recursos para tratar de evitar que los impuestos nos pillen desprevenidos y en grandes cantidades.

Dado que los impuestos como el IRPF o el Impuesto Sobre Sociedades son impuestos cíclicos, siempre se sabe cuándo se van a tener que liquidar y por tanto pueden preverse sus consecuencias económicas.

Lo primero que hemos de hacer siempre es averiguar a qué impuestos vamos a estar sometidos, pues si tenemos un negocio podemos estar sometidos al IRPF, si somos autónomos, o al impuesto sobre sociedades, si tenemos una empresa. Además, esta misma planificación fiscal puede realizarse para aquellas personas que no tienen negocios, pero que igualmente están sometidos al IRPF, en cuyo caso es mucho más sencilla su planificación fiscal.

Lo más importante que deben hacer para evitar llevarse sorpresas desagradables en el momento de la declaración es comprobar qué porcentaje nos están reteniendo en concepto de IRPF en nómina, cuantas menos personas tengamos a nuestro cargo más alto debe de ser el porcentaje. Es decir, imaginemos una persona soltera que vive sola sin hijos a su cargo, y que tiene un salario bruto mensual de 1.800 euros. En este caso es recomendable que en su nómina se aplique al menos una retención del 19%, pues en caso contrario en el momento de realizar la declaración del impuesto va a tener que abonar una cantidad muy alta de impuesto, ya que ha realizado pocos pagos a cuenta.

Sin embargo, imaginemos el caso contrario, una persona con tres hijos y cónyuge a su cargo con un salario bruto mensual de 1.800€ igualmente, en este caso esa persona puede tener unas retenciones a cuenta del IRPF de incluso el 2% solamente, y ello es porque al tener que repartir su sueldo entre tantas personas le aplican un mínimo personal y familiar más alto que hace que su cuota de impuesto sea muy baja, por lo que es posible que le tengan que devolver parte del dinero retenido a cuenta o incluso todo. Como se puede ver, esta herramienta de planificación es muy importante y muy sencilla, siendo tan fácil como solicitar de la empresa el cambio en las retenciones en la nómina, para que se ajusten a la realidad familiar del trabajador.

Todo lo dicho anteriormente se refiere a evitar que en el momento del devengo del impuesto tengamos que pagar unas cantidades de las que no tengamos disponibilidad, sin embargo, si lo que queremos es no sólo evitar eso si no bajar nuestra cuota impositiva tenemos un amplío abanico de posibilidades legales a nuestro alcance. Para saber cuáles son las que más se adaptan a nuestras condiciones lo más recomendable es acudir a un asesor fiscal, que nos informará de las alternativas disponibles. Pero a efectos ilustrativos diremos que es posible desgravar de nuestra base imponible las cantidades que aportemos a un fondo de pensiones, las cantidades abonadas a mutualidades o colegios profesionales, las abonadas a sindicatos, ciertas aportaciones a fondos sociales benéficos, etc. Todas ellas constituyen muy buenas formas de bajar la parte de nuestros ingresos que va a tributar, y por tanto podremos conseguir una bajada de nuestra cuota del impuesto.

Autónomos y empresas

En el caso de las personas que tienen un negocio propio y son autónomos la planificación fiscal va en el mismo sentido que la de las personas que no tienen negocio propio, pudiendo descontar de su base imponible los mismos conceptos pero además pudiendo desgravarse todos los gastos que le genera su actividad económica (teléfono, Internet, alquiler de local, materiales de oficina, combustibles en el caso de ser necesario para el desarrollo de la actividad, etc.).

En el caso de empresas la cosa se complica ligeramente, pues al impuesto propio de las sociedades se suma el IVA, impuesto que no podemos planear como nos va a afectar. En teoría el IVA es un impuesto neutro para las empresas, pues simplemente hemos de restar el IVA que nosotros hemos pagado a los proveedores del que hemos cobrado de los clientes e ingresar la diferencia. Pero en ocasiones nos enfrentamos a facturas impagadas por el cliente, de las que, sin embargo, nosotros sí tenemos que abonar el IVA como si las hubiésemos cobrado, lo que puede ser un pequeño contratiempo para determinadas empresas con poca liquidez. Afortunadamente existe la posibilidad de recuperar ese IVA no cobrado cuando haya pasado ya un año desde el momento en el que el IVA se devengó.

Mayores facilidades de planificación fiscal ofrece el impuesto de sociedades, permitiendo que las empresas puedan desgravar todos los gastos derivados de la actividad y por ello, si en algún momento se detecta que la facturación es demasiado alta y va a provocar una subida de la cuota del impuesto, pueden comprarse determinadas mercancías que al poder desgravarse sus gastos harán que la cuota del impuesto vuelva a estabilizarse en una cuota que consideremos adecuada, y ¿qué diferencia representa gastar el dinero en mercancías o en el impuesto? Pues muy simple, a las mercancías podremos darle salida más tarde en nuestra actividad mercantil y recuperar ese dinero invertido, además es probable que la empresa a la que la compremos nos la permita pagar en varios plazos sin intereses, por lo que podría ser la solución a una momentánea falta de liquidez.

Sin embargo, hemos de tener en cuenta que los gastos desgravables son gastos necesarios para la actividad empresarial y no vale cualquier gasto, por ejemplo, no podemos desgravarnos todo el importe de comprar un vehículo nuevo para la actividad comercial, tampoco la compra de una máquina, ese tipo de gastos de inversión se pueden desgravar mediante la amortización, que permite que durante un número determinado de años nos vayamos desgravando un porcentaje de la inversión realizada.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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